México - 2012
Capital: Ciudad de México

29 Trabajo forzoso (1929) 87 Libertad sindical y protección del derecho de sindicación (1948) 100 Libertad sindical y protección del derecho de sindicación (1948) 105 Abolición del trabajo forzoso (1957) 111 Discriminación en el empleo y ocupación (1958) 182 Convenio sobre peores formas de trabajo infantil (1999)
violaciones denunciadas - 2012
Contexto
En términos de violencia generalizada y consecuentes violaciones a derechos humanos, México sigue ocupando uno de los primeros lugares en el mundo con 15.000 muertes violentas por año. Las medidas legislativas han sido insuficientes para prevenir y castigar la violencia generalizada. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió varias resoluciones históricas sobre casos de derechos humanos, mientras que la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó sentencias contra México por violaciones graves de derechos humanos cometidas por las fuerzas armadas. Muchas comunidades indígenas siguen teniendo un acceso limitado a servicios básicos. Cinco prisioneros de conciencia fueron excarcelados.
Esta violencia política se suma a una alta tasa de violencia en el mundo laboral, que va acompañada de todo tipo de esfuerzos de las instituciones del Estado y los empresarios por dejar sin aplicación el derecho laboral, violentar los procedimientos para hacer efectivos estos derechos, e iniciativas para reformar la legislación laboral vigente hacia prácticas más flexibles, que ofrecen menos garantías de los derechos de las trabajadoras y trabajadores. La pobreza y marginación en que viven millones de mexicanos los obliga a aceptar cualquier empleo para asegurar el sustento en sus hogares.
29 Trabajo forzoso (1929) 87 Libertad sindical y protección del derecho de sindicación (1948) 100 Libertad sindical y protección del derecho de sindicación (1948) 105 Abolición del trabajo forzoso (1957) 111 Discriminación en el empleo y ocupación (1958) 182 Convenio sobre peores formas de trabajo infantil (1999)
Capital: Ciudad de México

violaciones denunciadas- 2012
Derechos sindicales según la ley
A pesar de ciertas garantías iniciales, la legislación incluye numerosas restricciones a los derechos sindicales. Aun cuando los trabajadores y trabajadoras pueden formar y afiliarse a sindicatos, para conseguir personalidad jurídica, los sindicatos deben inscribirse en el Registro de Asociaciones. También existe un monopolio sindical en el sector bancario, cuyos trabajadores sólo pueden pertenecer a la Federación Nacional de Sindicatos Bancarios. Las autoridades pueden negarse a “tomar nota” de la elección de una directiva sindical si consideran que el sindicato ha violado o no cumple con los requisitos establecidos por la Ley Federal del Trabajo.
Por otro lado, aun cuando el derecho de huelga
huelga
Forma más común de acción industrial, la huelga es el paro concertado del trabajo por parte de los empleados durante un tiempo limitado. Puede asumir diversas formas.
Véase huelga general, huelga intermitente, huelga rotatoria, huelga de brazos caídos, huelga de solidaridad, huelga salvaje
está reconocido en la Constitución, los empleados de los servicios públicos sólo pueden convocar una huelga
huelga
Forma más común de acción industrial, la huelga es el paro concertado del trabajo por parte de los empleados durante un tiempo limitado. Puede asumir diversas formas.
Véase huelga general, huelga intermitente, huelga rotatoria, huelga de brazos caídos, huelga de solidaridad, huelga salvaje
en caso de violación generalizada y sistemática de sus derechos establecidos. Deben contar además con el apoyo de dos tercios de los trabajadores del organismo público en cuestión. Esa misma ley permite al Gobierno requisar trabajadores en caso de emergencia nacional, incluso cuando ésta haya sido causada por un conflicto laboral
conflicto laboral
Disputa entre trabajadores/as y empleadores en relación con las condiciones de trabajo y los términos de empleo. Puede desembocar en una acción industrial.
. La Comisión Nacional Bancaria determina el ámbito del servicio mínimo en el sector bancario sin ninguna implicación sindical.
Libertad sindical / Derecho de sindicalización
Principios
Libertad sindical:
- >El derecho a la libertad sindical está consagrado en la Constitución.
Restricciones
Barreras legales al establecimiento de organizaciones:
- >Para establecer un sindicato se requiere autorización o aprobación previa por parte de las autoridades
- Para conseguir la personería jurídica, los sindicatos deben inscribirse en el Registro de Asociaciones, una oficina de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social. Las autoridades pueden negarse a "tomar nota" si consideran que el sindicato ha violado o no cumple con los requisitos establecidos en la Ley Federal del Trabajo. Esta consideración se hace a través de una inspección de los procedimientos sindicales. Aunque se puede apelar el informe de un inspector, no existe un recurso jurídico para cambiarlo efectivamente u ordenar que se vuelva a efectuar la inspección. Un sindicato no registrado no puede convocar huelgas ni participar en negociaciones colectivas y, además, queda excluido de todo comité tripartito.
Restricciones al derecho de los trabajadores y trabajadoras a formar y afiliarse a organizaciones de su elección:
- >La ley impone un sistema de monopolio sindica y/o un sistema que prohíbe o restringe la sindicalización a ciertos niveles (empresa, industria/sector, regional/territorial, nacional)
- La ley impone un monopolio sindical para los funcionarios del Estado, prohibiendo la coexistencia de dos o más sindicatos en el mismo organismo estatal. Igualmente, la ley obliga los trabajadores/as a afiliarse a los sindicatos pertenecientes a la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado (FSTSE). También se impone por ley el monopolio sindical con respecto a la Federación Nacional de Sindicatos Bancarios.
- >La ley impone restricciones al derecho de los trabajadores/as a afiliarse al sindicato de su elección
- Los funcionarios no pueden abandonar el sindicato al que se hayan afiliado (cláusula de exclusión por la cual si dejan de formar parte del sindicato pierden su puesto de trabajo).
Restricciones al derecho de los sindicatos a organizar su administración:
- >Restriciones al derecho a elegir representantes y autoadministrarse con plena libertad
- Los extranjeros no pueden ser miembros de los comités ejecutivos sindicales. De acuerdo con la ley, los dirigentes de los sindicatos del sector público no pueden presentarse a reelección. Sin embargo, el Gobierno sostiene que el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje aplica una jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, donde se establece que el artículo 75 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado que prohíbe la reelección de sus dirigentes contraviene la libertad sindical, por lo que el citado Tribunal toma nota de la reelección de dirigentes sindicales, siempre y cuando esté prevista en los estatutos de sus organizaciones.
Derecho a la negociación colectiva
Principios
Derecho de huelga
Principios
Derecho de huelga:
- >El derecho de huelga está consagrado en la Constitución
Restricciones
Impedimentos legales a acciones de huelga legítimas:
- >Requisito de un quórum excesivo o de obtener una mayoría excesiva en una votación para poder convocar una huelga
- En el servicio público, la ley establece como exigencia para declarar la huelga el acuerdo de las dos terceras partes de los trabajadores de la dependencia pública afectada.
Injerencia indebida por parte de las autoridades o los empleadores durante el transcurso de una huelga:
- >Requisamiento forzoso de los huelguistas (aparte de ciertos casos en los servicios esenciales)
- Diversas leyes sobre servicios públicos contienen disposiciones relativas a la requisición de personal, en caso de que la economía nacional pudiera verse afectada.
Limitaciones o prohibición de hacer huelga en algunos sectores:
- >Restricciones injustificadas para los funcionarios públicos
- Los trabajadores al servicio del Estado gozan del derecho de huelga solamente en casos de violación general y sistemática de sus derechos.
- >Determinación poco razonable o discrecional (sin negociación con los interlocutores sociales o en ausencia de una autoridad independiente en caso de desacuerdo) de los "servicios mínimos" que han de garantizarse en caso de huelga en los servicios públicos
- En el sector bancario, la "Comisión Nacional Bancaria cuidará que […] durante la huelga permanezca abierto el número indispensable de oficinas y continúen laborando los trabajadores que atendiendo a sus funciones, sean estrictamente necesarios". A este respecto, la OIT observa que la Comisión Nacional Bancaria no es tripartita y que las organizaciones de trabajadores deberían poder participar, si lo desean, en la determinación del servicio mínimo a mantener en caso de huelga, de igual modo que los empleadores y las autoridades públicas.
29 Trabajo forzoso (1929) 87 Libertad sindical y protección del derecho de sindicación (1948) 100 Libertad sindical y protección del derecho de sindicación (1948) 105 Abolición del trabajo forzoso (1957) 111 Discriminación en el empleo y ocupación (1958) 182 Convenio sobre peores formas de trabajo infantil (1999)
Capital: Ciudad de México

violaciones denunciadas - 2012
En la Práctica
Véase arbitraje, mediación
y Arbitraje arbitraje Medio para resolver conflictos laborales fuera de los tribunales, con la intervención de una tercera parte neutral, que puede ser un árbitro individual o un consejo de arbitraje. En el caso del arbitraje no vinculante las partes en litigio son libres de rechazar la recomendación de la tercera parte, mientras que cuando el arbitraje se considera vinculante están obligadas a acatar su decisión. Se entiende por arbitraje obligatorio cuando el proceso no se inicia voluntariamente a petición de ambas partes, sino que está dispuesto por la ley o decidido por las autoridades.
Véase conciliación, mediación
, infringen los derechos sindicales al impedir una auténtica organización sindical en la empresa, la negociación colectiva negociación colectiva El proceso de negociar términos y condiciones de trabajo mutuamente aceptables, así como de regular las relaciones laborales entre uno o varios representantes de los trabajadores/as, sindicatos o centrales sindicales por un lado, y un empleador, un grupo de empleadores o una o más organizaciones patronales por el otro.
Véase convenio colectivo
real y la posibilidad de ejercer el derecho de huelga huelga Forma más común de acción industrial, la huelga es el paro concertado del trabajo por parte de los empleados durante un tiempo limitado. Puede asumir diversas formas.
Véase huelga general, huelga intermitente, huelga rotatoria, huelga de brazos caídos, huelga de solidaridad, huelga salvaje . Se han identificado cinco sectores donde estos contratos son más frecuentes: el automotriz, las cadenas de supermercados, los servicios de limpieza, las aerolíneas de bajo costo y las empresas de maquila.
Diversos sindicatos independientes, entre los que cabe citar al Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSRM), el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), la Unión Nacional de Técnicos y Profesionistas Petroleros (UNTyPP), que representa a los trabajadores en la compañía petrolera estatal PEMEX, el Sindicato Nacional de Trabajadores de General Tire de México (SNTGTM), el Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México (SUTUACM), el Sindicato de Telefonistas de la República Mexicana (STRM), el Frente Auténtico del Trabajo (FAT) y hasta otras 30 organizaciones afiliadas a la Unión Nacional de Trabajadores (UNT), han sido objeto de ataques violentos, intimidación y represión de los derechos sindicales durante todo el año.
Los empleadores, en colusión con el Gobierno, inventan y perfeccionan mecanismos para violar constantemente los derechos sindicales. El objetivo de las masivas violaciones es evitar la organización sindical de los trabajadores y trabajadoras y destruir o debilitar sus organizaciones. Así proliferan los contratos de protección, la represión, las amenazas y el empleo de matones para atacar a los trabajadores organizados.
Véase convenio colectivo
. Cuando los trabajadores/as se organizan para mejorar sus salarios y condiciones de trabajo, se enfrentan a acoso y represión por parte de los sindicatos de papel y del Gobierno. Los trabajadores/as que defienden sus derechos son etiquetados como los responsables de los problemas y pueden ser incluidos en las listas negras por la compañía.
Las autoridades laborales no cumplen con la obligación de la inspección laboral en los lugares de trabajo. Entre los colectivos más vulnerados se encuentran mujeres y niños, ya que muchos trabajan desde la informalidad sin derecho a ninguna prestación laboral.
Las Juntas locales de conciliación
conciliación
Intervención de una tercera parte neutral, un conciliador, para ayudar a resolver un conflicto laboral mejorando las comunicaciones, ofreciendo azoramiento o interpretando determinadas cuestiones para conseguir que las partes en litigio consigan reconciliar sus diferencias. El conciliador no tiene un papel tan activo como un mediador o un árbitro.
Véase arbitraje, mediación
y arbitraje
arbitraje
Medio para resolver conflictos laborales fuera de los tribunales, con la intervención de una tercera parte neutral, que puede ser un árbitro individual o un consejo de arbitraje. En el caso del arbitraje no vinculante las partes en litigio son libres de rechazar la recomendación de la tercera parte, mientras que cuando el arbitraje se considera vinculante están obligadas a acatar su decisión. Se entiende por arbitraje obligatorio cuando el proceso no se inicia voluntariamente a petición de ambas partes, sino que está dispuesto por la ley o decidido por las autoridades.
Véase conciliación, mediación
informan que las demandas efectuadas en contra de las empresas son motivadas por falta de afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), jornadas excesivas de trabajo, falta de pago de horas extras, traslado a lugares de trabajo en zonas alejadas de la fuente de empleo, salarios castigados y nulos derechos de sindicalización
sindicalización
El proceso de establecer o afiliarse a un sindicato, o incitar a otros trabajadores a establecer o afiliar uno.
.
29 Trabajo forzoso (1929) 87 Libertad sindical y protección del derecho de sindicación (1948) 100 Libertad sindical y protección del derecho de sindicación (1948) 105 Abolición del trabajo forzoso (1957) 111 Discriminación en el empleo y ocupación (1958) 182 Convenio sobre peores formas de trabajo infantil (1999)
Capital: Ciudad de México

violaciones denunciadas - 2012
Violaciones
El 14 de febrero de 2011 fue liberado Juan Linares Montufar, presidente del Consejo General de Vigilancia y Justicia del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSRM), quien llevaba encarcelado ilegalmente y sin fianza desde el 3 de diciembre de 2008. Su liberación se produjo poco después de que sindicatos de unos 40 países llevaran a cabo acciones en defensa de los derechos laborales en México
Miguel Márquez, detenido por la policía estatal en Puebla desde 2010 fue liberado en 2011 en el momento en que miembros del Sindicato Mexicano de Electricistas realizaban protestas pacíficas en la presa de Necaxa en relación con la extinción de Luz y Fuerza del Centro.
En 2009, de forma arbitraria e inconsulta, se cerró la Compañía de Fuerza y Luz. El 11 de abril de 2011, 12 trabajadores fueron detenidos por participar en protestas por la falta de respuesta del Gobierno mexicano a su situación. El Gobierno ha abierto 125 denuncias penales contra los trabajadores que tomaron parte en las protestas. En julio, se giraron órdenes de detención contra de Martín Esparza, Secretario General, Eduardo Bobadilla, Secretario de Trabajo y Amalia Vargas Ríos apoderada legal del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), por supuesto fraude al intentar disponer de las cuotas sindicales retenidas por el Gobierno desde octubre de 2009.
En junio, se celebraron elecciones de 26 carteras del sindicato, el 15 de julio se solicitó la toma de nota al registro de asociaciones de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social y ante la falta de respuesta se realizó un plantón en plaza central de Ciudad de México, el “Zocalo”. Se puso fin a esta acción el 14 de septiembre, a cambio de la entrega de la toma de nota. A final de año siguen sin resolverse las demandas de despido y la Junta Federal de Conciliación
conciliación
Intervención de una tercera parte neutral, un conciliador, para ayudar a resolver un conflicto laboral mejorando las comunicaciones, ofreciendo azoramiento o interpretando determinadas cuestiones para conseguir que las partes en litigio consigan reconciliar sus diferencias. El conciliador no tiene un papel tan activo como un mediador o un árbitro.
Véase arbitraje, mediación
y Arbitraje
arbitraje
Medio para resolver conflictos laborales fuera de los tribunales, con la intervención de una tercera parte neutral, que puede ser un árbitro individual o un consejo de arbitraje. En el caso del arbitraje no vinculante las partes en litigio son libres de rechazar la recomendación de la tercera parte, mientras que cuando el arbitraje se considera vinculante están obligadas a acatar su decisión. Se entiende por arbitraje obligatorio cuando el proceso no se inicia voluntariamente a petición de ambas partes, sino que está dispuesto por la ley o decidido por las autoridades.
Véase conciliación, mediación
continúa entorpeciendo el trámite.
Véase huelga general, huelga intermitente, huelga rotatoria, huelga de brazos caídos, huelga de solidaridad, huelga salvaje . El ejército permanece en la mina y los paramilitares patrullan la ciudad de Cananea desde entonces. El 7 de junio de 2011, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social anunció que otra organización sindical y Grupo México habían firmado un contrato colectivo de trabajo que regiría las relaciones laborales relaciones laborales Las relaciones individuales y colectivas y los tratos entre trabajadores/as y empleadores en el lugar de trabajo, así como la interacción institucional entre sindicatos, empleadores y el Gobierno.
Véase diálogo social en la mina de Cananea, reiniciando operaciones, a pesar de que el contrato que tienen firmado con el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMRM) continúa vigente. En julio, un tribunal colegiado resolvió en definitiva que la huelga huelga Forma más común de acción industrial, la huelga es el paro concertado del trabajo por parte de los empleados durante un tiempo limitado. Puede asumir diversas formas.
Véase huelga general, huelga intermitente, huelga rotatoria, huelga de brazos caídos, huelga de solidaridad, huelga salvaje es ilegal. Después, la Suprema Corte se pronunció sobre el caso de la toma de nota del sindicato minero señalando que la autoridad no debía intervenir en la vida interna sindical. Hasta fines del año, no se había emitido la “toma de nota” a la directiva del SNTMMSRM. No obstante, se han registrado nuevas organizaciones gremiales afines al Gobierno y a la patronal.
Véase huelga general, huelga intermitente, huelga rotatoria, huelga de brazos caídos, huelga de solidaridad, huelga salvaje para proteger la fuente de trabajo de sus afiliados, solicitud que presentó en dos ocasiones ante la Junta Local de Conciliación conciliación Intervención de una tercera parte neutral, un conciliador, para ayudar a resolver un conflicto laboral mejorando las comunicaciones, ofreciendo azoramiento o interpretando determinadas cuestiones para conseguir que las partes en litigio consigan reconciliar sus diferencias. El conciliador no tiene un papel tan activo como un mediador o un árbitro.
Véase arbitraje, mediación
y Arbitraje arbitraje Medio para resolver conflictos laborales fuera de los tribunales, con la intervención de una tercera parte neutral, que puede ser un árbitro individual o un consejo de arbitraje. En el caso del arbitraje no vinculante las partes en litigio son libres de rechazar la recomendación de la tercera parte, mientras que cuando el arbitraje se considera vinculante están obligadas a acatar su decisión. Se entiende por arbitraje obligatorio cuando el proceso no se inicia voluntariamente a petición de ambas partes, sino que está dispuesto por la ley o decidido por las autoridades.
Véase conciliación, mediación
de Tlaxcala y que fue rechazada en cada ocasión. El 29 de agosto estalló la huelga huelga Forma más común de acción industrial, la huelga es el paro concertado del trabajo por parte de los empleados durante un tiempo limitado. Puede asumir diversas formas.
Véase huelga general, huelga intermitente, huelga rotatoria, huelga de brazos caídos, huelga de solidaridad, huelga salvaje , declarada ilegal por la Junta el 21 septiembre. El sindicato solicitó un recurso de amparo que dictaminó que la huelga huelga Forma más común de acción industrial, la huelga es el paro concertado del trabajo por parte de los empleados durante un tiempo limitado. Puede asumir diversas formas.
Véase huelga general, huelga intermitente, huelga rotatoria, huelga de brazos caídos, huelga de solidaridad, huelga salvaje era legal. La empresa impugnó esta resolución sin que a fin de año se hubiera resuelto el caso. Los trabajadores siguen en resistencia.
29 Trabajo forzoso (1929) 87 Libertad sindical y protección del derecho de sindicación (1948) 100 Libertad sindical y protección del derecho de sindicación (1948) 105 Abolición del trabajo forzoso (1957) 111 Discriminación en el empleo y ocupación (1958) 182 Convenio sobre peores formas de trabajo infantil (1999)
Capital: Ciudad de México
