Colombia - 2012

Población: 46.295.000
Capital: Bogotá
Pese a ciertos avances, persiste la violencia histórica contra el movimiento sindical colombiano y continúan los homicidios, desapariciones y amenazas. En 2011 fueron asesinados 29 sindicalistas. Si bien se han hecho algunos esfuerzos para investigar los crímenes, los resultados aún están lejos de responder a la mayoría de casos denunciados por las organizaciones sindicales. Se evidencia una falta de capacidad del Estado para proteger los derechos sindicales. El Gobierno, a través del Vicepresidente de la República, ha reconocido las dimensiones de la violencia, algo que no habían hecho los Gobiernos anteriores.

violaciones denunciadas - 2012

Violaciones documentadas - el número real de casos podría ser superior.

Contexto

El 7 de abril, el presidente Santos firmó con el presidente Obama un plan de acción sobre derechos laborales, donde el Gobierno colombiano se comprometió a terminar con las cooperativas de trabajo asociado, brindar protección a los sindicalistas y tomar medidas frente a la violencia antisindical, además de volver a establecer el Ministerio de Trabajo que fuera suprimido por el Gobierno anterior. En base al cumplimiento parcial de este plan de acción, el Congreso de Estados Unidos ratificó el tratado de libre comercio con Colombia.

En el mes de mayo fue firmado un acuerdo tripartito entre Gobierno, empleadores y una de las centrales colombianas. El acuerdo no cumple algunas premisas importantes, en particular la expedición de una normatividad concertada para garantizar la negociación colectiva negociación colectiva El proceso de negociar términos y condiciones de trabajo mutuamente aceptables, así como de regular las relaciones laborales entre uno o varios representantes de los trabajadores/as, sindicatos o centrales sindicales por un lado, y un empleador, un grupo de empleadores o una o más organizaciones patronales por el otro.

Véase convenio colectivo
en el sector público.

Derechos sindicales según la ley

Se han dado algunos cambios en la situación de los derechos sindicales en los últimos años, particularmente en lo referente a la autonomía e independencia de las organizaciones sindicales. Nuevas leyes y decisiones de los tribunales han mejorado la protección contra la discriminación antisindical discriminación antisindical Cualquier práctica que sitúe en condición de desventaja a un grupo de trabajadores/as a causa de su pertenencia pasada, presente o futura a un sindicato, por llevar a cabo actividades sindicales legítimas, o por utilizar los servicios de un sindicato. Puede tratarse de despidos, descensos de categoría, acoso, etc.

Véase Guía de la CSI sobre los derechos sindicales internacionales

y la injerencia en los asuntos sindicales, favoreciendo el reconocimiento reconocimiento Designación por parte de una agencia del Gobierno de un sindicato en tanto que agente de negociación para los trabajadores/as en una determinada unidad de negociación, o aceptación por parte del empleador de que sus empleados puedan estar representados colectivamente por un sindicato. de los sindicatos y la negociación en el sector público, y limitando claramente el arbitraje arbitraje Medio para resolver conflictos laborales fuera de los tribunales, con la intervención de una tercera parte neutral, que puede ser un árbitro individual o un consejo de arbitraje. En el caso del arbitraje no vinculante las partes en litigio son libres de rechazar la recomendación de la tercera parte, mientras que cuando el arbitraje se considera vinculante están obligadas a acatar su decisión. Se entiende por arbitraje obligatorio cuando el proceso no se inicia voluntariamente a petición de ambas partes, sino que está dispuesto por la ley o decidido por las autoridades.

Véase conciliación, mediación
obligatorio. La libertad sindical libertad sindical El derecho a establecer y afiliarse a un sindicato libremente escogido, además del derecho de los sindicatos a funcionar libremente y llevar a cabo sus actividades sin interferencia indebida.

Véase Guía de la CSI sobre los derechos sindicales internacionales
está además consagrada en la Constitución como derecho básico. No obstante, existen problemas con relación a diversos acuerdos contractuales, como las cooperativas de trabajado asociado (CTA), los contratos de prestación de servicios y los contratos civiles o mercantiles, que encubren verdaderas relaciones de trabajo y que son utilizados para no permitir a los trabajadores constituir sindicatos. Respecto a las cooperativas de trabajo asociado, el Gobierno adoptó en 2011 un decreto que prevé que ningún trabajador, incluidos los trabajadores de estas cooperativas, podrá ser contratado sin los derechos laborales establecidos en la ley. Impone asimismo severas sanciones en caso de que se realice intermediación laboral.

Por otro lado, aun cuando el derecho a la negociación colectiva negociación colectiva El proceso de negociar términos y condiciones de trabajo mutuamente aceptables, así como de regular las relaciones laborales entre uno o varios representantes de los trabajadores/as, sindicatos o centrales sindicales por un lado, y un empleador, un grupo de empleadores o una o más organizaciones patronales por el otro.

Véase convenio colectivo
está jurídicamente reconocido, el sistema de pensiones no está cubierto por las negociaciones. Ante la práctica generalizada de concluir “pactos” colectivos con los trabajadores directamente para socavar la posición de los sindicatos, se adoptó en 2011 una ley que sanciona a quien celebre estos pactos en los que, en su conjunto, se otorguen mejores condiciones a los trabajadores no sindicalizados, respecto de aquellas condiciones convenidas en convenciones colectivas con los trabajadores sindicalizados de una misma empresa. No obstante, según algunos afiliados, su aplicación es compleja y dependerá de la valoración que haga el juez sobre los beneficios “en su conjunto”.

El derecho de huelga huelga Forma más común de acción industrial, la huelga es el paro concertado del trabajo por parte de los empleados durante un tiempo limitado. Puede asumir diversas formas.

Véase huelga general, huelga intermitente, huelga rotatoria, huelga de brazos caídos, huelga de solidaridad, huelga salvaje
está asimismo incluido en la Constitución, pero la ley sigue prohibiendo que las federaciones y confederaciones convoquen huelgas. Siguen vigentes en la legislación normas de 1956 y 1990 en las que se prohíben las huelgas, aplicables a una gama muy amplia de servicios públicos que no son necesariamente esenciales.

En la Práctica

Represión policial de trabajadores/as en huelga :

La discriminación y la criminalización de las huelgas demuestran cómo algunas prácticas minan el dialogo social. En el caso de Campo Rubiales, la empresa multinacional canadiense Pacific Rubiales ha mantenido trabajadores/as tercerizados en condiciones deplorables.

El 19 de julio de 2011 se produjo un paro de 1.100 trabajadores contratistas en Montajes JM, que sería violentamente reprimido por la policía. Días después fueron despedidos 19 trabajadores simplemente porque les encontraron boletines sindicales. El 18 de septiembre se convocó una nueva huelga huelga Forma más común de acción industrial, la huelga es el paro concertado del trabajo por parte de los empleados durante un tiempo limitado. Puede asumir diversas formas.

Véase huelga general, huelga intermitente, huelga rotatoria, huelga de brazos caídos, huelga de solidaridad, huelga salvaje
con la participación de 11.000 trabajadores/as en 16 empresas, debido a que los acuerdos alcanzados para poner fin al paro anterior no fueron cumplidos y las medidas de salubridad tomadas habían sido insuficientes.

Misión de la OIT constata violaciones de derechos: El año 2011 comenzó con la visita de una misión de alto nivel de la OIT Organización Internacional del Trabajo Agencia tripartita de las Naciones Unidas, establecida en 1919 con objeto de promover y mejorar las condiciones de vida y de trabajo. Es el principal organismo internacional encargado de desarrollar y supervisar las normas internacionales del trabajo.

Véase tripartidismo, Guía de la CSI sobre los derechos sindicales internacionales
, que evidenció las violaciones históricamente padecidas por el sindicalismo colombiano y emitió una serie de recomendaciones incluyendo fechas de cumplimiento y medidas de protección a las libertades sindicales. A finales de año continúan pendientes muchas de estas recomendaciones a pesar de haber pasado los límites de tiempo.
Persiste la violencia antisindical y la impunidad :

Los avances jurisprudenciales y legislativos han producido un ataque por parte de empleadores inescrupulosos, para evitar la existencia de organizaciones sindicales o su actuación. Sigue evidenciándose de manera general la persistencia de una cultura antisindical y la carencia de mecanismos efectivos de protección. Tanto inspectores como jueces tardan años en la resolución de conflictos, lo que genera un efecto negativo en la asociación sindical.

En 2011, se registraron 480 violaciones a la vida, libertad e integridad de los sindicalistas en Colombia 35 homicidios, tres desapariciones forzadas, 10 atentados, 342 amenazas, 43 hostigamientos, 34 desplazamientos forzados, 16 detenciones arbitrarias, dos hechos de tortura y un secuestro son el saldo de una violencia que permanece y continúa afectando las garantías de trabajadores y trabajadores para el ejercicio de sus derechos y libertades sindicales. En 337 de estos casos no se conocen los presuntos responsables. De los 143 restantes, 104 (72,7%) fueron perpetrados por grupos paramilitares, 34 casos (23,8%) a organismos del Estado, tres (2,1%) a grupos guerrilleros, y un caso (0,7%) respectivamente a delincuencia común y a un empleador.

Durante 2011 se produjo una sentencia importante para el sindicalismo, referida al caso del asesinato, en septiembre de 2004, del profesor Alfredo Correa de Andreis, dirigente de la Asociación Sindical de Profesores Universitarios (ASPU). Aunque en anteriores fallos se habían emitido condenas contra los autores materiales e intelectuales de asesinatos, esta es la primera sentencia contra el Estado. Dicha condena reconoce la persecución sistemática del sindicalista a través del levantamiento de procesos judiciales y su posterior detención, por medio de una alianza entre paramilitares y el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).

Las CTA cambian de nombre: El caso de los trabajadores de los puertos de Colombia muestra como la entrada de normativas que buscan superar los problemas de la intermediación laboral por parte de cooperativas de trabajo asociado ha sido insuficiente. Pese a haberse expedido el Decreto 2025, en los puertos de Buenaventura, Cartagena, Barranquilla y Santa Marta no se acabó la tercerización, ni las sociedades portuarias vincularon directamente a los trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado (CTA), que era el espíritu que alentaba el decreto. Las CTA se convirtieron en Agencias de Empleo Temporal o en Sociedades Anónimas Simplificadas (SAS), es decir, otras figuras jurídicas que realizan las mismas actividades e intermediación de las CTA. A pesar que la Unión Portuaria, sindicato que aglutina a trabajadores de los puertos marítimos del país, ha iniciado diversas denuncias y querellas ante jueces e inspectores, la respuesta del Estado ha sido ineficaz o inexistente.

Violaciones

Acoso laboral :

Los miembros del Sindicato de Trabajadores de Minipak (Sintraminipak) han venido enfrentándose a diversos actos de acoso laboral por el hecho de pertenecer a esta organización. Dichos actos se ven reflejados en las acciones realizadas contra directivos del sindicato, con sanciones injustificadas que oscilan entre 15 y 45 días de suspensión laboral sin salario y sin el cumplimiento del debido proceso. Las querellas administrativas no lograron proteger la organización sindical.

El Sindicato de Empleados Públicos al Servicio del Municipio de Coveñas (Sindempcov), en Sucre, ha sido objeto de acoso, persecución sindical, abusos y falta de respeto desde el mes de febrero de 2011. Varios funcionarios públicos fueron despedidos violando el derecho de fuero sindical de uno de ellos. Algunos jueces han aceptado esta práctica dejando sin protección la acción de fuero sindical.

Los restaurantes OMA no respetan la libertad sindical : En la cadena de restaurantes OMA las trabajadoras y los trabajadores crearon el Sindicato Nacional de Trabajadores de Restcafé OMA S.A. (Sintraoma Colombia), afiliado a la Confederación General del Trabajo (CGT). Para acabar con el sindicato, los directivos despidieron a más de 19 trabajadores y a los integrantes de la junta directiva les ofrecieron beneficios para desistir de su participación en la organización sindical. Igualmente cambiaron el tipo de contratación de los trabajadores antiguos de contrato a término indefinido por contrato a término fijo, con el fin de evitar su sindicalización sindicalización El proceso de establecer o afiliarse a un sindicato, o incitar a otros trabajadores a establecer o afiliar uno. . La CGT presentó una acción de tutela. En un fallo emitido el día 18 de mayo de 2011, el tribunal ordenó la protección del derecho de asociación pero la sentencia fue desatendida por la patronal, lo que dio origen a la acción de desacato instaurada ante el juzgado 65 Civil Municipal. Un fallo del 14 de septiembre de 2011 decreta la protección al derecho de asociación además del pago de una multa de cinco salarios mínimos legales. Igualmente se obliga a la empresa a reintegrar a los trabajadores desvinculados en forma ilegal e injustificada.
Violación de la libertad sindical en BRINKS : Se ha dado una constante persecución de la empresa contra los miembros del Sindicato Nacional de Trabajadores de BRINKS S.A. de Colombia (Sintrabrinks), vulnerando el derecho fundamental a la asociación sindical. Además de los despidos constantes, la empresa ha realizado reuniones con los trabajadores que se afilian al sindicato para persuadirles de retirarse del mismo. Si no acceden, la empresa realiza citaciones a descargos para intimidarles, lo cual en algunas ocasiones ha generado despidos
Asesinatos, atentados de muerte y desapariciones:

Respecto a la violencia contra sindicalistas, entre el 1 de enero de 1986 y el 31 de diciembre de 2011 han sido asesinados en Colombia 2.914 sindicalistas, 2.643 hombres y 274 mujeres, el 26,4% de estos asesinatos se ha cometido contra dirigentes sindicales, lo que supone un total de 772 dirigentes asesinados.

Del total de los datos sistematizados durante este período, se encuentra que se cometieron, al menos, 11.942 violaciones a la vida, libertad e integridad contra los y las sindicalistas en el país. Se registraron además, 290 atentados contra la vida de trabajadoras y trabajadores sindicalizados, y 222 desapariciones forzadas; se presentaron al menos 5.397 amenazas de muerte contra sindicalistas y 1.776 desplazamientos forzados. Estas cifras ratifican la existencia de una crisis de derechos humanos que no se corresponde con una violencia difusa e indiscriminada. Se trata, por el contrario, de una intención de exterminio, sostenido en el tiempo y materializado en miles de víctimas.

Manuel Esteban Tejada fue asesinado el 10 de enero de 2011. Era docente de la Institución Educativa “Palma Soriana”, del Municipio de Planeta Rica, Departamento de Córdoba, y afiliado a la Asociación de Maestros de Córdoba (Ademacor).

Humberto de Jesús Espinoza Díaz fue asesinado el 30 de enero. Era miembro del Sindicato de Educadores de Risaralda (SER). Había recibido amenazas en reiteradas ocasiones y solicitado protección sin obtenerla.

Carlos Alberto Ayala fue asesinado el 5 de febrero por unos pistoleros que lo esperaban cerca de su casa. Estaba afiliado a la Asociación de Educadores del Putumayo (ASEP) y Director de la Institución Educativa Rural Caucasia.

Gloria Constanza Gaona fue asesinada el 22 de marzo, cuando descendía de su vehículo para dirigirse al Juzgado donde trabajaba. Fue abordada por un sicario que le disparó en repetidas ocasiones. Era la Jueza Penal del Circuito de Saravena (Arauca) y llevaba el caso de la violación de dos niñas de 13 y 14 años y el homicidio de una de ellas junto a sus hermanos de nueve y seis años, en octubre en Tame.

Héctor Orozco y Gildardo García fueron asesinados el 30 de marzo, cuando los campesinos se dirigían a su casa en moto. El asesinato ocurrió en una zona plenamente militarizada, a menos de cuatro metros del lugar de los hechos están estacionadas permanentemente tropas del Ejército Nacional.

Ramiro Sánchez, afiliado a la asociación de contratistas ASOGRECON, fue asesinado el 8 de abril por dos hombres que se movilizaban en una motocicleta, en el municipio de Puerto Boyacá, departamento de Boyacá.

Luis Alberto Bohórquez Chávez, docente afiliado a la Asociación de Institutores del Caquetá (AICA), fue asesinado el 10 de abril cuando regresaba de su finca, en zona rural del municipio de San Vicente del Caguán.

Luci Florez Ricardo, docente afiliada a la asociación de Educadores de Córdoba, ADEMACOR, fue asesinada el 3 de mayo en el municipio de Ayapel, departamento de Córdoba.

Ramiro Antonio Sánchez fue asesinado el 8 de abril. Era miembro de la Asociación de Trabajadores del Magdalena Medio (Asotmem) y líder sindical en el municipio de Puerto Boyacá. Había liderado entre el 11 y el 25 de enero de 2011 un cese de actividades.

Juan Carlos Chagüi Cueter fue asesinado el 15 de mayo, en la ciudad de Barranquilla, departamento de Atlántico. Trabajaba en la cárcel Modelo y estaba afiliado al Sindicato Gremial de la Guardia del Inpec (SIGGINPEC). Chagüi había realizado denuncias respecto al orden y la disciplina en los centros carcelarios y había recibido amenazas de muerte de grupos paramilitares recluidos en la cárcel. Interpuso las correspondientes denuncias ante la fiscalía, pero no fueron atendidas de manera oportuna.

Dionis Alfredo Sierra Vergara, docente afiliado a Ademacor, fue asesinado el 15 de mayo de 2011 en el municipio de La Apartada, departamento de Córdoba, mientras celebraba el día del educador junto a varios docentes. Recibió una llamada a su celular, y cuando salió a contestarla recibió tres disparos de unos desconocidos, muriendo en el acto.

Carlos Arturo Castro Casas, afiliado al Sindicato de Trabajadores de las Empresas Municipales de Cali (Sintraemcali), fue asesinado el 23 de mayo. Circulaba en su automóvil cuando recibió un disparo en el cuello. Fue trasladado de inmediato al Hospital Carlos Holmes Trujillo, donde falleció.

Freddy Antonio Cuadrado Nuñez, docente afiliado al sindicato Educadores Unidos del Magdalena (Edumag), fue asesinado el 27 de mayo.

Carlos Julio Gómez, docente afiliado al Sindicato Único de la Educación del Valle (SUTEV), fue asesinado el 29 de mayo.

Jorge Eliécer de los Ríos Cárdenas fue asesinado el 8 de junio de 2011, estaba afiliado al Sindicato de Educadores de Risaralda (SER). Defensor del medio ambiente, había denunciado ante los medios de comunicación la explotación minera de una transnacional en el municipio de Quinchía.

Lucey Abril Camacho fue asesinada el 18 de junio en San José de Pare, Departamento de Boyacá. Estaba afiliada al Sindicato de Maestros de Boyacá (Sindimaestros).

Alejandro José Peñata López, docente afiliado a Ademacor, desapareció el 20 de junio, al salir de la institución educativa donde trabajaba. Sus familiares y amigos emprendieron su búsqueda y encontraron su cuerpo sin vida ese mismo día. Presentaba signos de tortura y había sido ahorcado con un alambre de púas.

Rafael Tobón Zea, líder minero perteneciente al Sindicato Regional de Trabajadores de la Industria Minera y Energética (Sintramienergetica), fue asesinado el 26 de julio por grupos paramilitares, en el municipio de Segovia, Departamento de Antioquia.

Wilmar Serna, trabajador e integrante del Comité Obrero Patronal de la finca Cantho, y Eduardo Fabián Zúñiga Vásquez, trabajador bananero de la finca Las Niñas, ambas empresas del grupo Sarapalma, fueron asesinados el 31 de julio en el parque La Martina, del municipio de Apartadó, departamento de Antioquia

Eduardo Moisés Aponza, miembro de Simana-Tumaco, fue asesinado el 27 de julio en Guayacana, Departamento de Nariño.

Luis Armando Oki Uragama, docente indígena miembro de Umach, fue asesinado el 2 de agosto en el municipio de Tadó, Departamento de Chocó.

María Eugenia Arango Zapata, docente afiliada a la Asociación de Institutores de Antioquia (ADIDA) fue asesinada el 10 de agosto.

Luis Alfonso Díaz Villa, afiliado al Sindicato de los Trabajadores y Empleados Universitarios de Colombia (Sintraunicol), fue asesinado el 22 de agosto en la ciudad de Montería, departamento de Córdoba.

Nallyd Tapias Jiménez, docente afiliado a ADIDA, fue asesinado el 1 de septiembre luego de cumplir su jornada laboral en el Centro Educativo Rural Piedrecitas del municipio de Arboletes, departamento de Antioquia.

Luis Humberto Durante Álvarez, afiliado al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Agropecuaria (Sintrainagro), fue asesinado el 3 de septiembre. Hacía parte del Comité Obrero de dicha organización en la finca bananera El Cortijo.

José Alberto Martínez Berrio educador en el barrio Santander, del municipio de Astrea, Cesar fue asesinado el 3 de septiembre.

Jorge Alberto Duarte, trabajador del sector agrario, afiliado a Sintrainagro, fue asesinado el 3 de septiembre en el Municipio de Apartadó, Departamento de Antioquia.

Libardo Rodallega, miembro de la Asociación de Institutores del Cauca (Asoinca), fue asesinado el 28 de septiembre en el municipio de San isidro en el Cauca.

Isidro Rivera Barrera, afiliado a la Unión Sindical Obrera de la Industria del Petróleo (USO), fue asesinado el 26 de septiembre por hombres armados frente a su domicilio en la ciudad de Barrancabermeja, Departamento de Santander.

Luis Arbey Quiroz Vivas fue asesinado el 7 de octubre en el Municipio de San Lorenzo, en Nariño, al dirigirse a su residencia. Estaba afiliado al Sindicato del Magisterio de Nariño (Simana) y durante diez años fue presidente del comité de base.

Harvey Quiroz, docente y dirigente sindical y social fue asesinado el 7 de octubre en la zona rural del Corregimiento del Carmen, Municipio de San Lorenzo, recibiendo nueve impactos de bala.

Tarcisio Betancourt Ballesteros, afiliado al Sindicato de Trabajadores del Municipio de Yumbo fue asesinado de seis balazos el 8 de octubre cuando se dirigía a su trabajo como vigilante en el acueducto municipal, situado en el barrio Nuevo Horizonte de Yumbo.

John Freddy Carmona Bermúdez, afiliado a Sindicato Nacional de Trabajadores del Sistema Agroalimentario (Sinaltrainal) fue asesinado el 9 de diciembre en Medellín. Prestaba servicios en la empresa Noel, cliente de Sodexo y estaba desaparecido desde 7 de diciembre.

Dora Liliana Ochoa Serna, miembro de la Junta Directiva de la seccional de ese municipio fue asesinada el 16 de diciembre. Era socia activa del Sindicato de Trabajadores Oficiales y Empleados Públicos de los Municipios de Antioquia (Sintraofan) y del Sindicato de Trabajadores Oficiales y Empleados Públicos de los Municipios del Nordeste de Antioquia (Sintranordeste). El asesinato de Ochoa viene a sumarse a los más de 40 de los que ha sido víctima Sintraofan.

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