Hong Kong (RAE - China) - Exclusiones y lagunas en la nueva Ley de salario mínimo (2012)

El proyecto de Ley de salario mínimo de Hong Kong, que fue aprobado por la legislatura en 2010, entró en vigencia el 1 de mayo de 2011. La decisión de establecer el índice del salario mínimo en 28 HKD por hora estuvo controlada por la administración, puesto que no se aceptó ninguna enmienda cuando la Ordenanza de Salarios Mínimos fue presentada al Consejo Legislativo para aprobación – infringiéndose el procedimiento legislativa habitual en Hong Kong. No existe ninguna normativa o directriz sobre el pago de las pausas para comer y los días de descanso. La cuestión se decide tras consulta entre empleadores y trabajadores. Así pues, muchos empleadores, para reducir costos de mano de obra, han enmendado el contrato de empleo estipulando que las pausas para comer y los días de descanso no se pagan. Las enmiendas unilaterales de los contratos de empleo para compensar el incremento salarial derivado de la nueva ley, proliferan especialmente en los sectores de la alimentación y la restauración, limpieza, guardas de seguridad y atención al turista y a personas mayores. Muchos trabajadores se han visto forzados a aceptar la enmienda o de lo contrario perder su empleo. En cuestión de una semana tras la entrada en vigor de la nueva ley, 14 empleadores se enfrentaban a posibles pleitos después de que los inspectores del trabajo descubrieran que podrían haber infringido la Ley de salario mínimo.

El nivel salarial de los trabajadores y trabajadoras del hogar migrantes en Hong Kong viene establecido por decreto gubernamental. No disponen de un mecanismo para negociar colectivamente con sus empleadores o con la asociación de empleadores. Anticipándose a la nueva Ley de salario mínimo, los sindicatos de los trabajadores migrantes solicitaron al Gobierno que incluyera a los trabajadores migrantes bajo el amparo de la nueva ley. Sin embargo éstos quedaron completamente excluidos en el proceso de legislación del proyecto de Ley de salario mínimo, en el Consejo Consultivo Laboral y en el Comité para el proyecto de Ley de salario mínimo.

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