Singapur - Se siguen restringiendo los derechos de los extranjeros empleados en el servicio doméstico y de otros trabajadores migrantes (2012)

Las restricciones que se imponen a los derechos de los trabajadores y trabajadoras migrantes para ser delegados, dirigentes o miembros del personal de un sindicato (sin previo acuerdo por escrito del Ministro), afectan a un porcentaje significativo de la mano de obra en el país. Según estadísticas del Ministerio de Trabajo, a finales de 2010, Singapur contaba con una población activa de 3.105.900 trabajadores/as de los que 1.113.200 (35,8%) estaban registrados como no residentes.

El contrato estándar impuesto por el Gobierno para los trabajadores y trabajadoras migrantes no aborda cuestiones como las largas jornadas laborales o las malas condiciones de vida. En lugar de garantizar un día libre al mes y establecer un número determinado de horas de descanso al día, deja que esos permisos y pausas sean objeto de negociación entre empleador y empleado. Tampoco brinda protección frente a la denegación de permisos anuales o por enfermedad (aunque es obligatorio que el empleador se haga cargo del seguro médico), establece la deportación inmediata de las trabajadoras embarazadas, y estipula que ninguna trabajadora del hogar extranjera puede contraer matrimonio con un ciudadano de Singapur. Según información de las embajadas y de refugios para trabajadores/as migrantes, 4.000 trabajadoras del hogar escaparon del domicilio de sus empleadores en 2010. La mayoría de ellas se quejaban de añorar demasiado su hogar o hicieron hincapié en las difíciles condiciones de trabajo. Desde abril de 2011, las agencias de empleo de Singapur pueden cobrar a los trabajadores una comisión no superior a un mes de salario, por cada año de duración del Permiso de Trabajo o contrato de empleo aprobado, lo que sea más corto, hasta un máximo de dos meses de salario. Por otro lado, las agencias deben rembolsar al trabajador el 50% de las comisiones cobradas en caso de terminarse prematuramente su relación de empleo en el plazo de seis meses desde que se iniciara, y si la terminación no proviene del trabajador.

El NTUC defiende los derechos de las trabajadoras/es del hogar extranjeros y otros trabajadores migrantes a través de su Foro de Trabajadores Migrantes. También estableció en abril 2009 el Migrant Workers Centre (MWC) junto con la Singapore National Employer’s Federation, con objeto de promover unas prácticas de empleo justas y el bienestar de los trabajadores migrantes en Singapur. Desde su establecimiento, el MWC ha brindado alojamiento de emergencia y/o ayuda alimenticia a más de 460 trabajadores, además de proporcionar asesoramiento con relación al empleo, servicios de asistencia jurídica y representación en la resolución de casos legales a más de 2.000 trabajadores/as. El MWC organiza asimismo cursos de perfeccionamiento de los que se han beneficiado más de 1.800 trabajadores/as. El MWC ha promovido “Prácticas de empleo y tratamiento justos para los trabajadores migrantes” respecto a más de 70.000 trabajadores/as migrantes y empleadores a través de diversas plataformas.

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