Lesotho

La afiliada de la CSI en Lesotho es el Lesotho Labour Council (LLC).
Lesotho ratificó el Convenio nº 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación (1948) en 1966 y el Convenio nº 98 sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva (1949) en 1966.
según la ley
Libertad sindical / Derecho de sindicalización
Libertad sindical
El derecho a la libertad sindical está consagrado en la Constitución.
El derecho a la libertad sindical está regulado por el Código de Trabajo
Discriminación antisindical
NO SE DISPONE DE INFORMACIÓN
Restricciones al derecho de los sindicatos a organizar su administración
- Restriciones al derecho a elegir representantes y autoadministrarse con plena libertad
- Sólo los miembros de un sindicato inscrito en el registro, que represente a más del 35% de los trabajadores (de un empleador que emplee a diez o más trabajadores), tienen derecho a elegir representantes sindicales en el lugar de trabajo.
- Restricciones a la libertad para organizar libremente actividades y formular programas
- Sólo puede acceder a la empresa (con el fin de comunicarse con la administración, reclutar miembros o desempeñar otras funciones sindicales) un representante o un dirigente sindical autorizado que represente a más del 35% de los empleados.
Categorías de trabajadores a quienes la ley prohíbe o restringe la posibilidad de formar o afiliarse a sindicatos, o de ocupar cargos sindicales
- Otros funcionarios y empleados públicos
- Actualmente, los empleados públicos, incluidos los profesores de universidad, tienen prohibido formar o afiliarse a sindicatos, pese a que la Constitución de Lesotho garantiza la libertad de sindicalización. Sólo pueden formar o afiliarse a "asociaciones" con estatus consultivo. El gobierno ha prometido que la nueva Ley sobre el Servicio Público garantizará la libertad sindical a los funcionarios públicos, permitiéndoles formar asociaciones para la negociación colectiva.
Derecho a la negociación colectiva
Derecho a la negociación colectiva
El derecho a la negociación colectiva está reconocido por la ley.
Obstáculos legales para el reconocimiento de los agentes de negociación colectiva
- Se requiere una representatividad excesiva o un número mínimo de miembros para poder negociar colectivamente
- Los umbrales de representatividad son elevados y el Código del Trabajo no prevé derechos de negociación colectiva para los sindicatos minoritarios. El apartado b) del párrafo 1 del artículo 198A del Código del Trabajo define un sindicato representativo como "un sindicato registrado que representa a la mayoría de los empleados al servicio de un empleador", y el apartado c) del párrafo 1 del artículo 198A especifica que "una mayoría de empleados al servicio de un empleador significa más del 50% de esos empleados".
- Ausencia de criterios o criterios discrecionales, inciertos o poco razonables para determinar cuáles son las organizaciones más representativas
- El párrafo 2 del artículo 198B del Código del Trabajo dispone que el árbitro puede llevar a cabo una votación "si procede" en la determinación de las controversias relativas a la representatividad de los sindicatos
Restricciones o prohibición de negociar colectivamente en algunos sectores
- Otros funcionarios y empleados públicos
- Los profesores no tienen derecho a la negociación colectiva.
Derecho de huelga
Derecho de huelga
El derecho de huelga está regulado por el Código de Trabajo
Impedimentos legales a acciones de huelga legítimas
- Otras formalidades excesivamente complejas o que llevan mucho tiempo para poder convocar una huelga
- Deben seguirse complicados procedimientos antes de que se autorice una acción de huelga.
Limitaciones o prohibición de hacer huelga en algunos sectores
- Restricciones injustificadas para los funcionarios públicos
- Los funcionarios públicos no pueden hacer huelga y cualquier acción industrial en el sector público se considera ilegal (artículo 19 de la Ley de Servicios Públicos (2005).
En la Práctica
La dirección de Firestone Diamonds, empresa británica que administra la mina de diamantes Liqhobong, en las montañas Maluti, niega el acceso al sindicato Independent Democratic Union of Lesotho (IDUL), que desea organizar a los trabajadores de la mina.
Letsatsi Ntsibolane, presidente de la Lesotho Association of Teachers (LAT), fue despedido el 30 de enero de 2019 presuntamente por descuidar sus deberes docentes el anterior mes de noviembre e incitar a los/las docentes a seguir una huelga considerada ilegal por el Gobierno. Efectivamente, los tres sindicatos de docentes y directores escolares: LAT, Lesotho Teachers Trade Union (LTTU) y Lesotho School Principals Association (LeSPA) convocaron a sus miembros a la huelga para exigir un aumento salarial y mejores condiciones de trabajo.
La Internacional de la Educación, la federación mundial que reúne a los sindicatos de docentes, calificó estos actos de tácticas de intimidación del Gobierno con el objetivo de disuadir a estos sindicatos de participar en acciones sindicales para defender sus derechos, de conformidad con las leyes nacionales e internacionales del trabajo. Asimismo, acusó al Gobierno de injerencia en las actividades de los sindicatos de docentes al ordenar a la policía que impida a los sindicatos celebrar reuniones.
El Gobierno ha refutado estas acusaciones de violación de los derechos de los docentes. Por el contrario, afirma que las quejas de los docentes le parecen muy sinceras y merecen toda su atención. Por consiguiente, habría nombrado una subcomisión ministerial para abordar estos asuntos.
El 28 de julio de 2017, Letseng Diamonds (70% propiedad de la empresa Gem Diamonds radicada en Gran Bretaña y 30% propiedad del Gobierno) desestimó como alegaciones infundadas por parte de los sindicatos de mineros que la empresa estuviera imponiendo unas condiciones de trabajo abusivas a los mineros. Anteriormente, en febrero, la empresa había solicitado una exención de las disposiciones del Código Laboral que limitan las horas de trabajo semanales a un máximo de 45 horas y obligan al empleador a pagar el doble por el trabajo realizado durante un día de descanso o festivo. Los trabajadores, representados por el sindicato de trabajadores de las minas y la construcción Construction and Mine Workers Associations Union (CAMAU), reclamaron medidas para remediar las pésimas condiciones de salud y seguridad en la mina, en particular la falta de material de protección y de asistencia médica. También expresaron preocupación por la práctica de contratación de inmigrantes, que dificulta la labor de sindicalización. Aunque la empresa aceptó la facilitación del diálogo por parte del ministro de Minería, ha seguido rechazando las demandas de mejora de las condiciones de trabajo y empleo presentadas por los trabajadores.
El Servicio Correccional de Lesotho (LCS) formalizó el despido del secretario general y presidente en funciones de su Asociación de Personal, Lebonejoang Ramohalali, suspendido de sus funciones desde enero de 2016, por sus comentarios en un programa de radio respecto al nuevo proyecto de ley sobre servicios correccionales de Lesotho.
El 4 de enero de 2016, Ramohalali participó en un programa de radio de la cadena regional de PC FM. Comentó que la nueva Ley de Servicios Correccionales de Lesotho, que regula las infracciones y sanciones aplicables al personal, fue aprobada sin la intervención de los parlamentarios de la oposición, que en aquel momento boicoteaban la Asamblea Nacional. El 6 de enero, la dirección de LCS suspendió de sus funciones a Ramohalali por haber efectuado declaraciones sin autorización y por “menoscabar claramente o cuestionar el buen hacer de la legislatura”. El 18 de abril, le informaron que había sido degradado a la categoría más baja, y que permanecía suspendido. El 24 de agosto, Ramohalali intervino en otro programa de radio en el que afirmó que la nueva ley únicamente se centraba en las infracciones y sanciones para el personal, no en su bienestar. El programa fue abruptamente interrumpido por tres oficiales armados del LCS. El 15 de septiembre, Ramohalali recibió una carta del LCS fechada el 7 de septiembre, informándole sobre la intención de terminar su contrato de empleo y solicitando su reacción en el plazo de 21 días hábiles. El LCS emitió la carta de despido el 12 de octubre, antes de finalizar el período de preaviso y no teniendo en cuenta por tanto la fecha efectiva legal de terminación de su contrato.
El Ministerio de la Función Pública ordenó a todos los funcionarios que se presentasen al trabajo, pese al paro y la manifestación de protesta convocadas el 19 de mayo por la Alliance of Non-State Actors.
Esta alianza de agentes no estatales incluye a los operadores de taxi de la región de Maseru, el Lesotho Council of Non-Governmental Organisations, diversos sindicatos (incluyendo Lentsoe la Sechaba, el Independent Democratic Union of Lesotho, el National Clothing Textile and Allied Workers Union, y United Textile Employees), así como la patronal representada por la Cámara de Comercio e Industria de Lesotho.
La alianza buscaba presionar al Gobierno para que aplicase las recomendaciones de la Comisión de Investigación de la Comunidad de Desarrollo de África Austral (CDAA) respecto a las medidas que deberían adoptarse en relación con el asesinato del antiguo comandante de las Fuerzas de Defensa de Lesotho, Maaparankoe Mahao. La acción se convocaría en vista de las crecientes preocupaciones sobre el impacto que tendrá un retraso en cuanto al cumplimiento por parte de Lesotho con los requisitos de respetar la legalidad y, por tanto, su elegibilidad para recibir ayuda al desarrollo.
El Ministro de la Función Pública ordenó a todos los departamentos del Gobierno mantener un registro de presencia para garantizar que los empleados no se ausentasen de sus puestos de trabajo el día de la protesta. La dirección del Servicio Correccional de Lesotho publicó también una directiva similar. Además, el Superintendente de Policía se negó a aprobar la solicitud de la alianza para organizar la manifestación. Tras la apelación interpuesta por la alianza, dicha decisión sería anulada por el Tribunal Supremo por lo que la marcha tuvo lugar según lo previsto.
Cuando la National Union of Commerce, Catering and Allied Workers convocó una acción de huelga contra la compañía Sun International South Africa respecto al pago de mejores salarios y el recurso a mano de obra ocasional, la compañía obtuvo permisos de trabajo para trabajadores de reemplazo de unidades de trabajo en Kimberley, Bloemfontein y Thaba Nchu en Sudáfrica.
La dirección de la Universidad Nacional de Lesotho (NUL) ha obtenido un mandato judicial para bloquear una huelga convocada por el sindicato de docentes Lesotho University Teachers’ and Researchers’ Union (LUTARU). Los trabajadores pedían a la dirección un incremento salarial del 15% y la firma de un acuerdo de reconocimiento.
El Secretario General de la central sindical Lesotho Congress of Democratic Unions (LECODU), Tšeliso Ramochela, ha exigido mejores normas laborales para la industria textil. En agosto de 2011, dirigiéndose a trabajadores y trabajadoras del textil en huelga, advirtió que estaban siendo explotados en una industria dominada por empleadores chinos. El nivel de sindicalización ha aumentado en los últimos años en la importantísima industria textil del país, pero numerosos empleadores siguen ignorando la legislación laboral o aprovechándose de las deficiencias legales.
El historial del país es pobre en cuanto al respeto de los derechos sindicales. En el sector privado, la complejidad de los procedimientos y la actitud antisindical de los empleadores dificultan mucho el funcionamiento de los sindicatos. Aunque la ley prohíbe la discriminación antisindical, muchos empleadores siguen impidiendo a los sindicalistas acceder a los locales de las fábricas para organizar a los trabajadores/as o representarlos en conflictos laborales. En algunos casos los empleadores intimidan a los sindicalistas, amenazándoles con el despido, sobre todo en las industrias domésticas.
Dado que el procedimiento para convocar una huelga es complicado, hace muchos años que no se lleva a cabo ninguna huelga legal en el país. No obstante, a lo largo de los años sí que han tenido lugar acciones regulares de protesta espontáneas, aunque al estar técnicamente definidas como ilegales, los trabajadores/as se siguen arriesgando a perder su empleo y a que los lleven a juicio.