Líbano - Sindicato de trabajadores del hogar no reconocido por el Ministerio de Trabajo

El 29 de diciembre de 2014, seis trabajadores libaneses presentaron una solicitud al Ministerio del Trabajo para formar un sindicato destinado a organizar a los trabajadores/as del hogar, excluidos de la protección del Código del Trabajo libanés. El sindicato propuso incluir a los trabajadores/as del hogar, así como a las personas que brindan atención en hogares de ancianos y a personas con discapacidad, que ofrecen servicios de limpieza en los hogares y oficinas y otras categorías similares.

El 25 de enero de 2015, con el apoyo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Confederación Sindical Internacional (CSI) y la Federation of Trade Unions of Workers and Employees (FENASOL) del Líbano, aproximadamente 350 trabajadores/as del hogar de diversas nacionalidades se reunieron para celebrar el Congreso de fundación del sindicato. Sin embargo, los miembros del sindicato anunciaron que no habían recibido respuesta a su solicitud, y que el Ministro del Trabajo Sejaan Azzi había denunciado al sindicato como ilegal, según informes de los medios de comunicación.

El Código del Trabajo del Líbano de 1946 excluye específicamente a los trabajadores/as del hogar, tanto libaneses como migrantes, negándoles la protección que concede a los demás trabajadores/as. En Líbano, las familias emplean aproximadamente a 250.000 trabajadores/as del hogar migrantes, procedentes principalmente de Sri Lanka, Etiopía, Filipinas y Nepal. En virtud del artículo 92 del Código del Trabajo, también se niega explícitamente a los trabajadores extranjeros el derecho a elegir o a ser elegidos como representantes de un sindicato.
Como resultado, se niega a miles de trabajadores y trabajadoras el derecho a la libertad sindical y a la negociación colectiva, y no existen garantías jurídicas adecuadas para los trabajadores/as migrantes ni para algunas categorías de trabajadores/as libaneses, dejándolos vulnerables al abuso y la explotación.

Las quejas más comunes recibidas por las embajadas de los países de procedencia de estos trabajadores/as y las organizaciones no gubernamentales son los malos tratos infligidos por los reclutadores, el impago o retraso en el pago de los salarios, el confinamiento forzoso en el lugar de trabajo, la negativa de disponer de tiempo libre, el trabajo forzoso y el maltrato verbal y físico. A pesar de los las reiteradas declaraciones públicas de los funcionarios libaneses indicando que van a mejorarse las condiciones de los trabajadores/as del hogar migrantes, las reformas han sido insignificantes.

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