Togo

Las afiliadas de la CSI en Togo son la Confédération Nationale des Travailleurs du Togo (CNTT), la Confédération Syndicale des Travailleurs du Togo (CSTT), la Union Générale des Syndicats Libres (UGSL) y la Union Nationale des Syndicats Indépendants du Togo (UNSIT).
Togo ratificó el Convenio nº 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación (1948) en 1960 y el Convenio nº 98 sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva (1949) en 1983.
según la ley
Libertad sindical / Derecho de sindicalización
Libertad sindical
El derecho a la libertad sindical está consagrado en la Constitución.
El derecho a la libertad sindical está regulado por el Código de Trabajo
Discriminación antisindical
La ley prohíbe la discriminación antisindical, pero no pevé medidas adecuadas de protección al respecto.
Categorías de trabajadores a quienes la ley prohíbe o restringe la posibilidad de formar o afiliarse a sindicatos, o de ocupar cargos sindicales
- Otras categorías
- Los miembros de las fuerzas de seguridad y del servicio de bomberos no pueden afiliarse a sindicatos. El Código de Trabajo no permite que los menores que han alcanzado la edad mínima legal de admisión al empleo (15 años en virtud del artículo 150 del Código) puedan ejercer sus derechos sindicales sin la autorización de sus padres o de su tutor (artículo 12).
Derecho a la negociación colectiva
Derecho a la negociación colectiva
El derecho a la negociación colectiva está reconocido por la ley.
Restricciones al principio de negociación libre y voluntaria
- Procedimiento de arbitraje impuesto en caso de disputa durante una negociación colectiva, no sólo en los servicios esenciales
- El artículo 260 del Código de Trabajo estipula que, en caso de un desacuerdo persistente entre las partes involucradas en la negociación colectiva o respecto a determinados puntos en una disputa, el Ministerio de trabajo podría remitir la cuestión al arbitraje si no se consigue resolver mediante conciliación.
Derecho de huelga
Derecho de huelga
El derecho de huelga está regulado por el Código de Trabajo
El derecho de huelga está consagrado en la Constitución
Impedimentos legales a acciones de huelga legítimas
- Recurso obligatorio al arbitraje o a largos y complejos procedimientos de conciliación y mediación antes de iniciar una acción de huelga
- Desde hace años, la Comisión de Expertos de la OIT ha venido insistiendo en la necesidad de revisar el artículo 275 del Código del Trabajo a fin de garantizar que las partes en un conflicto colectivo puedan elegir libremente los procedimientos para solucionar dicho conflicto.
Limitaciones o prohibición de hacer huelga en algunos sectores
- Restricciones injustificadas para los funcionarios públicos
- El personal sanitario del sector público puede sindicalizarse pero no tiene derecho a hacer huelga.
- Determinación discrecional o lista excesivamente larga de «servicios esenciales» en los que el derecho de huelga queda prohibido o severamente restringido
- La Comisión de Expertos de la OIT ha venido reclamando las medidas necesarias con miras a la adopción de los decretos previstos en los artículos 273 y 274 del Código del Trabajo relativos a la determinación de los servicios esenciales en caso de huelga.
En la Práctica
Durante su asamblea general extraordinaria celebrada el sábado 16 de marzo de 2019, el personal de la empresa togolesa de placas (SOTOPLA-CEVA) explicó a los responsables del Syndicat national des travailleurs du commerce du Togo (SYNTRACOM-TOGO) las desastrosas condiciones de trabajo y la política. de intimidación que prevalece en la empresa. El personal denunció particularmente las amenazas permanentes de despido e incluso de muerte que pesan sobre cualquier trabajador/a que se atreva a iniciar una huelga o un movimiento de protesta ante las autoridades. Además, cualquier discusión entre dos o tres personas dentro de la empresa, incluso durante las horas de descanso, así como los retrasos o ausencias a la hora de la oración a las 7 de la mañana son sancionados con la suspensión de más de un mes sin salario o con deducciones sobre la nómina. La empresa también suele rechazar cualquier intento de negociación..
Tres docentes en huelga que protestaban contra la detención por parte de la policía de su compañero sindicalista, Claude Pelelem, punto focal de la Synergie des travailleurs du Togo (STT), fueron a su vez detenidos en la localidad de Kara. Acusados de irrupción en un lugar de alta seguridad, de comportamiento violento hacia las fuerzas de seguridad y de intentar bloquear el proceso vinculado a la detención de Claude Pelelem, fueron condenados el 13 de abril a seis meses de prisión, con dos meses de suspensión de la pena.
Los docentes afiliados a la Fédération des syndicats de l’éducation nationale (FESEN) se sumaron a la Synergie des travailleurs du Togo (STT) y al Syndicat national des praticiens hospitaliers du Togo (SYNPHOT) denunciando esta “violación de la libertad sindical y del derecho de huelga”.
En teoría, los miles de hombres y mujeres que trabajan en las zonas francas se benefician de un marco jurídico adecuado —se aplica el Código de Trabajo en su totalidad y hay un convenio colectivo en vigor desde 2013— pero, en realidad, estas zonas se distinguen por la persistencia y la acumulación de abusos contra los derechos fundamentales y sindicales. Ciento sesenta antiguos trabajadores y trabajadoras de Paper Bags, filial del grupo indio WACEM, fueron despedidos en 2013 por reclamar mejores condiciones laborales. Son víctimas del cinismo de la sociedad y del denostado sistema de contratación a destajo, un sistema de precarización y externalización del empleo que permite todo tipo de abusos. A pesar de las movilizaciones de los sindicatos nacionales e internacionales y de las organizaciones de derechos humanos de Togo, estos trabajadores y trabajadoras esperan desde principios de 2016 que se haga justicia. En general, las reivindicaciones laborales y las múltiples advertencias de COSYNTRASOFT, organización que agrupa a los sindicatos de las zonas francas en torno a los problemas de salud y seguridad, han caído en saco roto. El 30 de enero de 2015, una obrera de la empresa coreana NINA, murió en su puesto de trabajo por falta de atención médica. A pesar de haber advertido a uno de sus jefes que no se sentía bien, este le ordenó volver a su puesto de trabajo. En esta fábrica, ya habían sido denunciadas por execrables las condiciones de trabajo, y las trabajadoras debían con frecuencia prestar servicio en pie durante jornadas de diez horas seguidas. En junio, a falta de un dispositivo de seguridad, seis empleados de la cementera del grupo WACEM fallecieron en la explosión de un depósito. Cerca de 900 trabajadores de este grupo indio tienen también contratos a destajo y la dirección no les procura equipos, ni atiende sus reivindicaciones. Se han visto obligados a batallar durante meses a finales de 2015 para lograr un acuerdo social.
La organización Synergie des travailleurs du Togo (STT) ha sido un blanco de las autoridades a lo largo de 2015 por su destacado activismo en el sector público desde su creación, en 2013. Ante la negativa del Gobierno de aceptar sus reivindicaciones, la STT convocó varias huelgas, haciendo caso omiso de las amenazas y agresiones. Varios miembros del Gobierno, entre ellos el Primer Ministro, intentaron intimidar a la STT amenazando con despedir a quienes participasen en las huelgas. Acusaron a la confederación de venderse a la oposición y, más tarde, cuando se avecinaban las elecciones presidenciales, la acusaron de perturbar el proceso electoral, cuando la STT había optado por una tregua social. El 15 de marzo, en la ciudad de Dapaong donde estaba previsto celebrar una asamblea general del sindicato, varios hombres armados con porras atacaron a los militantes e hirieron a varios de ellos. Al día siguiente, en Lomé, un jeep armado con una ametralladora estacionó por la noche ante la sede del sindicato de la sanidad, Syndicat des praticiens hospitaliers du Togo (SYNPHOT), donde acababa de celebrarse una reunión de la STT. En Lomé se prohibió una manifestación a principios de abril con el pretexto de que la STT aún no estaba legalizada. En septiembre, las fuerzas del orden dispersaron una sentada de docentes en Dapaong de protesta contra los numerosos traslados a los que son obligados quienes participan en huelgas a principios de año, como los responsables de la STT en esa ciudad.
Recientemente se crearon tres sindicatos en la zona franca, aunque las dificultades que encontraron para su establecimiento y funcionamiento han dejado de manifiesto las contradicciones y la imprecisión de la reglamentación en relación con los trabajadores de la zona franca. La mayoría de los 9.000 trabajadores y trabajadoras (60% son mujeres) empleados en las cerca de sesenta empresas establecidas en la zona continúan viéndose privados de sus derechos más elementales. No existe un marco de concertación general y los sindicatos no están asociados al proceso de revisión de los textos legales sobre la zona franca. Como resultado de ello, persisten las actuales exenciones legales respecto al despido, el arbitraje y la solución de conflictos, lo que redunda en detrimento de los trabajadores.
El Gobierno modificó la ley de 1989 que regula las zonas francas, con el objetivo expreso de garantizar mejor el respeto de la legislación laboral en el sector, pero su entrada en vigor se retrasa. En octubre, el Collectif des Syndicats des Travailleurs de la Zone franche du Togo (COSYNTRAZOFT) lanzó un llamado urgente a las autoridades para que decretasen la entrada en vigor de la ley. Las condiciones de trabajo en la zona franca se caracterizan por numerosas violaciones de los derechos de los trabajadores/as: despidos improcedentes, horas de trabajo superiores a lo legalmente establecido, negativa a acordar los días de vacaciones legales, ausencia de cobertura social y obstrucción de las actividades sindicales.
Recientemente se crearon tres sindicatos en la zona franca, aunque las dificultades que encontraron para su establecimiento y para poder operar han dejado de manifiesto las contradicciones y la imprecisión de la reglamentación en relación con los trabajadores de la zona franca. La mayoría de los 9000 trabajadores y trabajadoras (60 % son mujeres) empleados en las cerca de sesenta empresas establecidas en la zona continúan viéndose privados de sus derechos más elementales. No existe un marco de concertación general y los sindicatos no están asociados al proceso de revisión de los textos legales sobre la zona franca. Como resultado de ello, persisten las actuales exenciones legales respecto al despido, el arbitraje y la solución de conflictos, lo que redunda en detrimento de los trabajadores.
En diversas ocasiones durante el año, las centrales sindicales han solicitado concretamente que se retome el diálogo social y una aplicación completa del protocolo firmado por los interlocutores sociales en 2006. De los 125 compromisos destinados a remediar las graves insuficiencias en materia de respeto de los derechos económicos, sociales y culturales, apenas una treintena han sido llevados a la práctica. Sólo la urgencia parece motivar que el poder se decida a dialogar con los sindicatos. En junio, un incremento substancial del precio de los combustibles desencadenó una viva contestación social. Tras anunciar una huelga general, las cinco centrales sindicales principales obtuvieron una ligera revisión a la baja del precio del combustible durante una reunión de crisis del Consejo Nacional del Diálogo Social. El malestar social perduró, no obstante.
El 8 de diciembre, l’Union Syndicale des Travailleurs de la Zone Franche d’Exportation (USYNTRAZOFE) celebró su Congreso Fundador en la sede de la Confédération Syndicale des Travailleurs du Togo. La sindicalización de los trabajadores y trabajadoras de la zona franca sigue siendo muy difícil, y los empleadores se muestran por lo general muy hostiles hacia los sindicatos.