Camboya - Una nueva ley sobre el salario mínimo limitaría considerablemente los derechos sindicales

Un análisis jurídico del proyecto de ley sobre el salario mínimo de Camboya, publicado en marzo de 2017, concluye que este socavaría y criminalizaría potencialmente el trabajo de los sindicatos así como la labor de los defensores de los derechos sindicales y de grupos de la sociedad civil al prohibir las manifestaciones pacíficas y marginar a los sindicatos independientes.

El análisis fue realizado por el Cambodian Centre for Human Rights (CCHR), el Solidarity Centre y la CSI. Las tres organizaciones acogieron con satisfacción el establecimiento de un salario mínimo nacional –actualmente sólo los trabajadores de la confección tienen un salario mínimo– pero expresaron también sus inquietudes por las considerables restricciones a los derechos previstas en el proyecto de ley.

En su documento de síntesis, las tres organizaciones señalan el potencial de este proyecto de ley para restringir seriamente las libertades fundamentales de reunión, asociación y expresión. Subrayan específicamente “la prohibición propuesta contra cualquier tipo de ‘objección’ al salario mínimo acordado (artículo 26) y “la prohibición de llevar a cabo investigaciones independientes relacionadas con el salario mínimo (artículo 23)”. El proyecto de ley impone multas a las personas que cometan “actos ilegales” al expresar su descontento con el salario, e impone igualmente sanciones por el uso de datos económico y sociales no aprobados por el Consejo Nacional de Salario Mínimo para evaluar los aumentos anuales.

Las organizaciones también observaron que “la participación de sindicatos independientes/democráticos no está garantizada, y que en el proyecto de ley no se describe la organización y funcionamiento del Consejo Nacional de Salario Mínimo, dejando los detalles a la discreción de un Subdecreto ministerial (artículo 18). El proyecto de ley también otorga considerable arbitrio al ministro de Trabajo para establecer diferentes salarios mínimos en función del sector de empleo y la región geográfica, amenazando con desvirtuar los objetivos y el espíritu de la ley en general (artículo 9)”.

El análisis recomienda una serie de enmiendas y adiciones al proyecto de ley que permitirían ajustarlo al derecho internacional de los derechos humanos y a garantías constitucionales de los derechos humanos.

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