Corea, República de - Siguen sin reconocerse los derechos sindicales fundamentales

Tres años después de que el presidente Moon Jae-in asumiera el cargo, su Administración seguía sin haber ratificado los Convenios fundamentales 87 y 98 de la OIT Organización Internacional del Trabajo Agencia tripartita de las Naciones Unidas, establecida en 1919 con objeto de promover y mejorar las condiciones de vida y de trabajo. Es el principal organismo internacional encargado de desarrollar y supervisar las normas internacionales del trabajo.

Véase tripartidismo, Guía de la CSI sobre los derechos sindicales internacionales
sobre la libertad sindical libertad sindical El derecho a establecer y afiliarse a un sindicato libremente escogido, además del derecho de los sindicatos a funcionar libremente y llevar a cabo sus actividades sin interferencia indebida.

Véase Guía de la CSI sobre los derechos sindicales internacionales
, el derecho a organizarse y la negociación colectiva, a pesar de sus promesas electorales. Además, su Gobierno parecía estar a punto de restringir aún más los derechos de los trabajadores atípicos (a saber, los trabajadores de plataformas, por cuenta propia, los independientes, los no regulares y los trabajadores temporales) y de los trabajadores del sector de la economía informal.

El 13 de abril de 2019, más de 20.000 trabajadores participaron en una manifestación organizada por la central sindical central sindical Organización sindical a nivel nacional, regional o de distrito, a la que están afiliados distintos sindicatos. Suele denotar una federación o confederación de ámbito nacional. Korean Confederation of Trade Unions (KCTU) para exigir al Gobierno la ratificación de los convenios fundamentales de la OIT Organización Internacional del Trabajo Agencia tripartita de las Naciones Unidas, establecida en 1919 con objeto de promover y mejorar las condiciones de vida y de trabajo. Es el principal organismo internacional encargado de desarrollar y supervisar las normas internacionales del trabajo.

Véase tripartidismo, Guía de la CSI sobre los derechos sindicales internacionales
, entre ellos los Convenios 87 y 98, así como una enmienda a la Ley de sindicatos y la garantía de los derechos laborales básicos para los trabajadores atípicos.

Además de las preocupaciones existentes por el hecho que los trabajadores en formas atípicas de empleo estén excluidos de las protecciones de los derechos básicos, siguieron produciéndose graves violaciones del derecho a la huelga huelga Forma más común de acción industrial, la huelga es el paro concertado del trabajo por parte de los empleados durante un tiempo limitado. Puede asumir diversas formas.

Véase huelga general, huelga intermitente, huelga rotatoria, huelga de brazos caídos, huelga de solidaridad, huelga salvaje
tanto en el sector privado como en el público, al igual que flagrantes injerencias por parte del Gobierno en los criterios para acceder a la afiliación sindical y ocupar cargos electivos. La federación coreana de empleadores Korea Employers Federation (KEF) estuvo condicionando su aprobación a ratificar dichos convenios a la imposición de nuevas restricciones, reiterando su viejo argumento de que la aprobación del C87 y el C98 otorgaría excesiva autoridad a los sindicatos. El Gobierno parecía dispuesto a adoptar las propuestas de los empleadores.

La situación no mejoraba, así que, el 16 de noviembre, la Federation of Korean Trade Unions (FKTU) organizó frente a la Asamblea Nacional una manifestación masiva con el objetivo de defender los derechos fundamentales de los trabajadores y bloquear la revisión regresiva de la legislación laboral. Cerca de 30.000 miembros de la FKTU participaron en la manifestación, que, al igual que la KCTU, reclamaba la ratificación de los convenios fundamentales de la OIT Organización Internacional del Trabajo Agencia tripartita de las Naciones Unidas, establecida en 1919 con objeto de promover y mejorar las condiciones de vida y de trabajo. Es el principal organismo internacional encargado de desarrollar y supervisar las normas internacionales del trabajo.

Véase tripartidismo, Guía de la CSI sobre los derechos sindicales internacionales
; la garantía de los derechos fundamentales de los trabajadores mediante la revisión de la Ley de ajuste de las relaciones sindicales y laborales; la plena aplicación del sistema de la semana laboral de 52 horas; la no discriminación de los trabajadores irregulares; la anulación de los cambios negativos en el sistema de salario mínimo; la ampliación del ámbito de los salarios ordinarios; y una reforma de las pensiones, entre otros.

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