La publicación del Informe Anual de la CSI sobre las violaciones de los derechos sindicales de este año se produce en un momento en que están teniendo lugar cambios trascendentales en todo el mundo árabe, tras las movilizaciones de la población en defensa de sus derechos democráticos. La denegación de derechos fundamentales en el trabajo en estos países y el fracaso de los Gobiernos a la hora de garantizar empleos decentes para millones de personas, especialmente los jóvenes, quedan documentados en detalle en este informe. Estas tendencias, especialmente marcadas en los países árabes, han sido uno de los principales impulsores de las demandas masivas de reformas, aunque la denegación de derechos en el trabajo no se limita en absoluto a Oriente Medio.
Una continua erosión de los derechos de sindicalización
sindicalización
El proceso de establecer o afiliarse a un sindicato, o incitar a otros trabajadores a establecer o afiliar uno.
y negociación colectiva
negociación colectiva
El proceso de negociar términos y condiciones de trabajo mutuamente aceptables, así como de regular las relaciones laborales entre uno o varios representantes de los trabajadores/as, sindicatos o centrales sindicales por un lado, y un empleador, un grupo de empleadores o una o más organizaciones patronales por el otro.
Véase convenio colectivo
en todo el mundo constituye un elemento destacado del Informe de este año, que cubre 143 países. La crisis del empleo, consecuencia de la crisis económica mundial, prosigue en todas las regiones, dado que los responsables políticos en general no han introducido los cambios necesarios para crear y mantener el empleo. Los Gobiernos sencillamente han asumido la retórica corporativa del libre mercado a expensas no sólo de las familias trabajadoras sino también de la estabilidad y el futuro de sus propias economías nacionales. Se ha permitido que los grandes bancos, las grandes finanzas y las grandes empresas dominen la política gubernamental, mientras el desempleo, la pobreza y la inseguridad siguen aumentando. La propia desigualdad que fue un factor determinante a la hora de sumir al mundo en la crisis económica continúa aumentando, y las violaciones de las normas fundamentales del trabajo internacionalmente aceptadas constituyen la causa primordial de estas desigualdades.
Mientras que estas tendencias globales siguen acelerándose, los sindicatos en numerosos países son víctimas de la más severa represión por parte de Gobiernos y empleadores. Noventa personas perdieron la vida en 2010 a causa de su participación en actividades sindicales legítimas, y otras 75 recibieron amenazas de muerte. El Informe documenta asimismo cerca de 2.500 detenciones y de 5.000 despidos de sindicalistas. Muchos otros casos nunca llegaron a ser comunicados, en particular debido al clima antisindical de temor e intimidación en que muchos trabajadores y trabajadoras se ven obligados a desarrollar sus actividades sindicales.
Este año, una vez más, América ha sido la región más mortífera dado el siempre elevado número de asesinatos registrados en Colombia (49) y en Guatemala (10), además de 20 intentos de asesinato en Colombia y dos en Guatemala. Se han producido asimismo asesinatos en Bangladesh, Brasil, El Salvador, Honduras, Pakistán, Swazilandia y Uganda. En Irán, un docente sindicalista fue ahorcado tras un simulacro de juicio en el que se ignoraron las normas más elementales de la justicia, a pesar de las protestas internacionales.
En Belarús, Birmania, Camboya, Djibouti, la Federación Rusa, Honduras, Irán, Nepal, Nicaragua, Nigeria, México, Filipinas, Swazilandia o Zimbabwe, muchas organizaciones sindicales continúan operando en un clima de violencia y amenazas constantes. En Zimbabwe, una Comisión de Encuesta de la OIT
Organización Internacional del Trabajo
Agencia tripartita de las Naciones Unidas, establecida en 1919 con objeto de promover y mejorar las condiciones de vida y de trabajo. Es el principal organismo internacional encargado de desarrollar y supervisar las normas internacionales del trabajo.
Véase tripartidismo, Guía de la CSI sobre los derechos sindicales internacionales
confirmó que el Gobierno de dicho país era responsable de violaciones sistémicas y sistemáticas de los derechos sindicales. En Djibouti, la OIT
Organización Internacional del Trabajo
Agencia tripartita de las Naciones Unidas, establecida en 1919 con objeto de promover y mejorar las condiciones de vida y de trabajo. Es el principal organismo internacional encargado de desarrollar y supervisar las normas internacionales del trabajo.
Véase tripartidismo, Guía de la CSI sobre los derechos sindicales internacionales
expresó su profunda preocupación ante la ausencia patente de voluntad por parte del Gobierno para resolver varios casos de violación de los derechos sindicales.
Incluso antes de estallar las movilizaciones populares en el mundo árabe, los trabajadores/as que tomaron parte en acciones de huelga
huelga
Forma más común de acción industrial, la huelga es el paro concertado del trabajo por parte de los empleados durante un tiempo limitado. Puede asumir diversas formas.
Véase huelga general, huelga intermitente, huelga rotatoria, huelga de brazos caídos, huelga de solidaridad, huelga salvaje
y otras actividades sindicales se encontraron con violencia y detenciones. Y una vez más, esta represión no quedó limitada a los países árabes. El Informe incluye casos registrados en Bangladesh, Corea del Sur, Camboya, Egipto, en los Emiratos Árabes Unidos, India, Irán, Nigeria, Panamá, Filipinas, Qatar, Túnez y Yemen entre otros. En Irán, el Gobierno no ha cumplido su promesa de liberar a Mansour Osanloo, dirigente del sindicato de trabajadores de la compañía de autobuses de Teherán, y ha pronunciado al menos otras siete penas de prisión. También se dictó una pena de castigo corporal. En Panamá, 700 personas resultaron heridas y 101 detenidas cuando las autoridades reprimieron de manera brutal las protestas de trabajadores/as contra la eliminación de garantías legales esenciales de la legislación laboral.
La prohibición total del sindicalismo continuó aplicándose en numerosos países, particularmente en Birmania, Arabia Saudita y los Emiratos Árabes Unidos, mientras que severas restricciones al derecho de huelga
huelga
Forma más común de acción industrial, la huelga es el paro concertado del trabajo por parte de los empleados durante un tiempo limitado. Puede asumir diversas formas.
Véase huelga general, huelga intermitente, huelga rotatoria, huelga de brazos caídos, huelga de solidaridad, huelga salvaje
y a otras formas de acción sindical hacen que la representación sindical efectiva resulte casi imposible. En ciertos sectores, especialmente en la agricultura, en el sector público y en el servicio doméstico, prohibiciones o restricciones a la actividad sindical privan a los trabajadores/as del derecho de representación en numerosos países, así como una definición excesivamente amplia de los “servicios esenciales
servicios esenciales
Servicios cuya interrupción cuya interrupción puede poner en peligro la vida, la seguridad personal o la salud de la totalidad o parte de la población. Pueden estar incluidos el sector hospitalario, los servicios de suministro de agua y electricidad, y el control del tráfico aéreo. Las huelgas pueden ser restringidas o incluso prohibidas en los sectores esenciales.
Véase Guía de la CSI sobre los derechos sindicales internacionales
”. El sistema de un único sindicato oficial controlado o apoyado por el Estado sigue vigente en China, Laos, Siria Corea del Norte, Vietnam, entre otros.
Otras deficiencias notables señaladas en el Informe incluyen una aplicación deficiente o inexistente de la legislación laboral, incluyendo la falta de inversión en la inspección de trabajo, un trato inaceptable a los trabajadores migrantes en todas las regiones, especialmente en los países del Golfo, y la explotación de la mano de obra esencialmente femenina en las zonas francas industriales.
Algunas de las economías más ricas del mundo también figuran en el informe, particularmente EE.UU., donde los ataques contra los derechos de sindicalización
sindicalización
El proceso de establecer o afiliarse a un sindicato, o incitar a otros trabajadores a establecer o afiliar uno.
y negociación colectiva
negociación colectiva
El proceso de negociar términos y condiciones de trabajo mutuamente aceptables, así como de regular las relaciones laborales entre uno o varios representantes de los trabajadores/as, sindicatos o centrales sindicales por un lado, y un empleador, un grupo de empleadores o una o más organizaciones patronales por el otro.
Véase convenio colectivo
identificados ya en 2009 y en ediciones previas de hecho se han intensificado en 2010.
La defensa y promoción de los derechos de los trabajadores y trabajadoras a la sindicalización
sindicalización
El proceso de establecer o afiliarse a un sindicato, o incitar a otros trabajadores a establecer o afiliar uno.
y a la negociación colectiva
negociación colectiva
El proceso de negociar términos y condiciones de trabajo mutuamente aceptables, así como de regular las relaciones laborales entre uno o varios representantes de los trabajadores/as, sindicatos o centrales sindicales por un lado, y un empleador, un grupo de empleadores o una o más organizaciones patronales por el otro.
Véase convenio colectivo
forman parte de la misión primordial de la CSI. Nuestras acciones de solidaridad directa con los trabajadores/as cuyos derechos están siendo atacados, así como en foros internacionales, en particular la OIT
Organización Internacional del Trabajo
Agencia tripartita de las Naciones Unidas, establecida en 1919 con objeto de promover y mejorar las condiciones de vida y de trabajo. Es el principal organismo internacional encargado de desarrollar y supervisar las normas internacionales del trabajo.
Véase tripartidismo, Guía de la CSI sobre los derechos sindicales internacionales
, son y seguirán siendo la principal prioridad de la CSI. Nuestro trabajo en relación con instituciones globales y eventos internacionales –en la ONU, el G20, las Instituciones Financieras Internacionales y a otros niveles– continuará haciendo hincapié en estos derechos fundamentales, que resulta esenciales no sólo para la dignidad humana y la justicia social, sino para poner fin a la pobreza en el mundo y garantizar un desarrollo sostenible.